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TRASLADO DE CADAVERES O CENIZAS A VENEZUELA

Requisitos:


- Copia de los documentos de identidad de la persona fallecida

- Tres actas de defunción legalizadas por Superintendencia de Notariado y Registro (Calle 26 N°13-49) y posteriormente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Transversal 17ª A° N° 98-55 Telf. 5251860 / 62)

- Licencia de inhumación expedida por la Secretaría de Salud correspondiente

- Acta de embalsamamiento y carta responsabilidad y antinarcóticos expedida por la funeraria respectiva. En caso de traslado de cenizas se requerirá el acta de cremación expedida por la funeraria

- La Sección Consular entregará al solicitante una carta dirigida a la Gerencia Aduanera del aeropuerto respectivo en Venezuela para que se autorice el ingreso del cuerpo o las cenizas.

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